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año:2004
 
proceso:AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 16192 16 de diciembre, 2004 FOE-SM-3071 Licenciada Ana Cecilia Jara Sánchez Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE ESPARZA Puntarenas Estimado señor: Asunto: Respuesta al oficio No. DAI-092-04, sobre recursos transferidos a los Comités Cantonales de Deportes y Recreación y su aplicación. Nos referimos a su oficio No. DAI-092-04 del 6 de diciembre de 2004, en el que se solicita el criterio de este Despacho con respecto al aporte del 3% a los Comités Cantonales de Deportes así como a la distribución del pago salarial de dos plazas en los diferentes programas del presupuesto. Con respecto al primer punto, nos permitimos comunicarle que tal y como está definido en la circular Nro. 8060 de agosto de 2000, “...los ingresos ordinarios obedecen a factores de regularidad y constancia, provienen de fuentes permanentes y por ende reaparecen en cada presupuesto, como es el caso de los ingresos corrientes y los aportes del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal…”, lo que significa que, si los ingresos extraordinarios a que se refiere en su oficio, se generan de actividades ordinarias, también se constituyen en ingresos ordinarios y por lo tanto, les aplica el artículo 170 del Código Municipal. En lo que respecta a la distribución que se señala de los salarios del contador y secretario ejecutivo, le indicamos que el asunto planteado es de orden administrativo, que en primera instancia le corresponde resolver al Comité Cantonal de Deportes de Esparza y en segunda a ese Ayuntamiento, como órgano fiscalizador del funcionamiento de ese Comité Cantonal. Así las cosas y de acuerdo con lo anterior, no corresponde a este despacho emitir el criterio solicitado; lo anterior, sin perjuicio del control posterior que le compete a este órgano contralor. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Mira ...
Fecha publicación: 19/12/2004
Fecha emisión: 16/12/2004
Documento: 16192-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


PAGE División de Fiscalizaciòn Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio No. 14657 22 de noviembre de 2004 FOE-SM-2768 Señora María Teresa Marín Coto Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO Estimada señora: Asunto: Consulta sobre el alcance de la prohibición establecida en el artículo 22 de la Ley General de Contratación Administrativa a los regidores y síndicos municipales en contrataciones con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Damos respuesta al oficio Nº 084-AI-04 de fecha 7 de octubre del 2004, mediante el cual se consulta si la prohibición contenida en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa afecta a los regidores y síndicos municipales o si estos funcionarios pueden efectuar contrataciones con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación en el mismo cantón donde son regidores o síndicos. Sobre el particular, el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa, establece una prohibición general a ciertos funcionarios que debe ser observada en los procedimientos de contratación. Esta norma fue recientemente reformada por la Ley Nº 8422 Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 212 del 29 de octubre del 2004. La norma en cuestión extendió la prohibición a los procedimientos de contratación y a la fase de ejecución del respectivo contrato, estableciendo en lo que interesa: “Artículo 22. Ámbito de aplicación. La prohibición para contratar con la Administración se extiende a la participación en los procedimientos de contratación y a la fase de ejecución del respectivo contrato… …El funcionario sujeto a la respectiva prohibición deberá abstenerse de participar, opinar o influir, en cualquier forma, en la ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación se reputará como falta grave en la prestación del servicio. Existirá participación directa del funcionario cuando, por la índole de ...
Fecha publicación: 25/11/2004
Fecha emisión: 22/11/2004
Documento: 14657-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº12714 20 de octubre, 2004 FOE-SM-2417 Licenciado Gabriel Villachica Zamora Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE OSA Puntarenas Estimado señor: Asunto: Reconsideración de la improbación de los recursos de JUDESUR en el presupuesto extraordinario N° 3-2004 de la Municipalidad de Osa. Nos referimos a su oficio sin número del 11 de octubre de 2004, mediante el cual solicita se reconsidere la improbación de los recursos originados en la transferencia de JUDESUR por ¢19.000.000,00 e incorporados en el presupuesto extraordinario N° 3-2004 (oficio N° 10890) de la Municipalidad de Osa. Al respecto se le comunica que se rechaza la solicitud de reconsideración, debido a que la información aportada en su oficio no es fundamento legal para que esta oficina modifique la improbación expuesta en el oficio N° 10890 del 13 de setiembre de 2004, ya que, si bien la Junta Directiva de JUDESUR acordó nombrar a la Municipalidad como ente ejecutor de esos fondos, esta Contraloría a la fecha no ha recibido para su aprobación los cambios acordados por dicha Junta. Atentamente, Lic. Máximo Moraga Cabalceta, MBA Gerente de Área a.í. VAH/kjh ci Concejo Municipal Auditoría Interna Expediente: Oficios de respuesta-2004 Archivo Central NI: 22394 CP: 2004007003 ] ...
Fecha publicación: 23/10/2004
Fecha emisión: 20/10/2004
Documento: 12714-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OSA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales 8 20 de octubre, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 12437 20 de octubre, 2004 FOE-SM-2375 Señores (as) Rodrigo Alberto Carazo Margarita Penón Góngora Epsy Campbell Barr Marta Zamora Castillo Daisy Quesada Calderón Diputados (as) ASAMBLEA LEGISLATIVA Roberto Coto Rojas Regidor MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Estimados(as) señores(as): Asunto: Consulta sobre el pago de disponibilidad a ciertos funcionarios de la Municipalidad de San José En respuesta a la nota de fecha 29 de Julio del 2004, mediante la cual se somete a consulta la procedencia del pago del incentivo de disponibilidad a ciertos funcionarios de la Municipalidad de San José, concretamente, “…si la Municipalidad puede dar una inadecuada e irrestricta aplicación al incentivo salarial de disponibilidad en virtud de que se ha utilizado como una compensación económica adicional para los trabajadores que desempeñan puestos en el ámbito de jefatura de sección, oficina, departamento o dirección, los cuales pueden acogerse voluntariamente”, a continuación sírvase contar con nuestro criterio: El tema del pago del incentivo de disponibilidad ha sido discutido ampliamente por esta Contraloría General y existen una serie de oficios en los cuales se ha pronunciado, al igual que lo ha hecho la Procuraduría General de la República y la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. En nuestro ordenamiento jurídico no existe una regulación específica de este incentivo, más bien se trata de un incentivo singular que ha nacido a raíz de la necesidad de las instituciones públicas de prestar un servicio público de forma continua y eficiente, para lo cual se impone sobre cier1os funcionarios la obligación “de permanecer alerta, fuera de la jornada ordinaria, para aprestarse a atender eventos o emergenci ...
Fecha publicación: 16/10/2004
Fecha emisión: 13/10/2004
Documento: 12437-2004.doc
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 11265 PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales 2 Sr. Víctor Víquez Bolaños 21 de setiembre, 2004 21 de setiembre, 2004 FOE-SM-2181 Señor Víctor Ml. Víquez Bolaños Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE BELEN HEREDIA Estimado señor: Asunto: Se aprueba la aplicación del contenido presupuestario, previsto en el presupuesto extraordinario No. 1-2004, para el aumento general de salarios del segundo semestre de la Municipalidad de Belén. Nos referimos al oficio sin número del 25 de agosto del año en curso, suscrito por la Secretaria Municipal de ese ayuntamiento, en el que remite la documentación pertinente a efecto de respaldar el aumento de salarios correspondiente al segundo semestre del 2004, cuya asignación presupuestaria se incluyó, como una previsión, en las correspondientes subpartidas de gastos en el presupuesto extraordinario No. 1-2004. Al respecto, se realizan las siguientes observaciones: 1. Se aprueba la aplicación del contenido presupuestario, previsto en el presupuesto extraordinario No. 1-2004, para el aumento sobre el salario base de los empleados municipales, de un 4.5% mensual a partir del 1º de julio del 2004 y su efecto en los pluses salariales correspondientes, con fundamento en la información suministrada, a saber: 1.1 El Decreto Ejecutivo No.32005-MP-MTSS-H, publicado en La Gaceta No. 155 del 10 de agosto del 2004. 1.2 Acuerdo tomado por el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria No.52-2004 del 17 de agosto del 2004. 1.3 Acuerdo tomado por el Concejo Municipal, en la sesión ordinaria No.35-2001 celebrada el 12 de junio del 2001, en el cual aprobó las políticas institucionales en material salarial, de conformidad con la propuesta elaborada por el Coordinador de Recursos Humanos de ese municipio, en Informe RH-006-2001 del 29 de marzo del 2001, según consta ...
Fecha publicación: 01/10/2004
Fecha emisión: 21/09/2004
Documento: 11265-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE BELEN
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 2 Área De Servicios Municipales Lic. Alex Contreras Serrano 31 de agosto, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 10235 31 de agosto, 2004 FOE-SM-1983 Licenciado Alex Max Contreras Serrano Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE Puntarenas Estimado señor: Asunto: Aprobación del ajuste general de salarios de 6.26% a partir del 01 de julio de 2004 para los funcionarios de la Municipalidad de Aguirre. En relación con su oficio de fecha 25 de agosto de 2004, mediante el cual remite el acuerdo del Concejo Municipal, en el que se aprueba el aumento general de salario del 6.26% a la base a partir del 01 de julio de 2004 se le informa: 1. Se aprueba la aplicación del contenido presupuestario para: 1.1. El aumento general de 6.26% sobre el salario base, a partir del 01 de julio de 2004, con fundamento en los dispuesto en el artículo 100 del Código Municipal vigente y el convenio simple suscrito entre el representante de los trabajadores y la administración de esa Municipalidad el 26 de julio del año en curso. El correcto cálculo y pago de los reconocimientos a cada uno de los funcionarios, queda a entera responsabilidad de esa Corporación. Dicho contenido, proviene de la reserva salarial del 10% incluido en el presupuesto ordinario del presente año, en la subpartida de “Sueldos Fijos”, la cual deben reforzar en el próximo documento presupuestario, para cubrir el faltante de un 1.56% en los aumentos aplicados. 1.2. El salario mensual del Alcalde Municipal, por la suma de ¢836.481,87, el cual está calculado con base al mayor pagado. 2. Para la presentación de futuros documentos presupuestarios que consideren aumentos salariales, en la columna de “Monto Presupuestado”, se debe incluir el total que genera el incremento y no el total del salario propuesto como se refleja. Por ejemplo para el caso del ...
Fecha publicación: 02/09/2004
Fecha emisión: 30/08/2004
Documento: 10235-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 9955 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Area de Servicios Municipales Sr. Walter Granados Torres -2- 24 de agosto, 2004 24 de agosto, 2004 FOE-SM-1942 Señor Walter Granados Torres Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO Cartago Estimada señor: Asunto: Respuesta al oficio N° AM-0214-2004-wgt de fecha 10 de mayo de 2004, solicitando se informe acerca de la posibilidad del pago de transporte a regidores y síndicos. En atención a su oficio de anterior cita, donde pide que se le informe cual es el proceder que debe seguir ese Municipio para el reconocimiento de gastos de transporte a regidores y síndicos, de zonas alejadas, que asisten a las sesiones del Concejo Municipal de ese Cantón; se le comunica lo siguiente: 1. En lo que a esta materia se refiere, el Código Municipal en su artículo 30, reformado por la Ley N° 7888 establece: “...Los viáticos correspondientes a transporte, hospedaje y alimentación para regidores y síndicos, propietarios y suplentes, cuando residan lejos de la cede municipal, se pagarán con base en la tabla de la Contraloría General de la República...” 2. Dado lo indicado en el punto anterior, lo que procede es que se cumpla con lo señalado sobre el particular, en el citado artículo del Código Municipal, debidamente reglamentado por esa Administración, así como ajustarse en lo que corresponda, al Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Empleados Públicos, emitido por este Órgano Contralor, y en especial en este caso, con el artículo 22 que indica: “Cuando, el funcionario necesite utilizar los servicios de transporte público colectivo, el reconocimiento de ese pago se hará de acuerdo con la tarifa que ha autorizado el organismo regulador correspondiente. La utilización de servicios de taxi al inicio o finalización de una gira debe ser regulada, en forma previa, formal y gene ...
Fecha publicación: 27/08/2004
Fecha emisión: 24/08/2004
Documento: 09955-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 8244 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio 21 de julio, 2004 FOE-FEC-414 Licenciado Enrique Hip Ureña Gerente General BN-VITAL, OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS S.A. BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Aclaración a criterio externado en oficio 7912 de esta Contraloría General de la República. En relación con la conversación telefónica sostenida con el señor Adrián Vargas funcionario de esa Sociedad, con respecto a la vigencia del aumento salarial cuyo contenido presupuestario fue aprobado mediante el oficio de esta Contraloría General No. 7912 de fecha 15 de julio, nos permitimos indicarle que la vigencia de dicho ajuste salarial rige a partir del 16 de abril de 2004, fecha de aprobación de la nueva escala salarial de la Administración Superior y Fiscalización Superior del Banco Nacional de Costa Rica, por parte de esta Contraloría General de la República, comunicada mediante oficio No. 3893. Lo anterior teniendo presente que los criterios para realizar la variación en los salarios del Gerente General y Auditor Interno de esa Operadora de Pensiones, tienen como referencia los salarios fijados para el Banco Nacional. Atentamente, MBA. Luis Fernando Campos Montes Gerente de Área APB/gcc ci Junta Directiva, BN VITAL Gerencia Administrativa Financiera, BN VITAL Auditoría Interna, BN VITAL Archivo Central (2) Expediente G: 277-3 ] ...
Fecha publicación: 24/07/2004
Fecha emisión: 21/07/2004
Documento: 08244-2004.doc
Institución: BN-VITAL OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS S.A.
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales Lic. Bienvenido Venegas Porras -2- 24 de junio, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 7075 24 de junio, 2004 FOE-GU-247 Licenciado Bienvenido Venegas Porras Director General Junta Administrativa de la Imprenta Nacional Estimado señor: Asunto: Respuesta a consulta relacionada con el procedimiento que se debe seguir en la aprobación de los presupuestos extraordinarios y modificaciones de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional. En relación con el oficio N° 0688-04 DG en donde se solicita la opinión de esta Contraloría General, en cuanto al procedimiento que debe seguir la Imprenta Nacional y particularmente los miembros de la Junta Administrativa en la aprobación de los presupuestos extraordinarios y modificaciones, se indica lo siguiente. 1. En primer término, debe precisarse que de conformidad con lo dispuesto en los incisos 1. y 2. del artículo 8° del “Reglamento de aprobación de los documentos presupuestarios de los órganos, unidades Ejecutoras, fondos, programas y cuentas que administren recursos de manera independiente”, durante la ejecución del presupuesto, al superior jerarca de esas instituciones le corresponde examinar para su aprobación o improbación los presupuestos extraordinarios y las modificaciones al presupuesto, cumpliendo con la normativa técnica que regula esa materia, y deberá completar la “Guía para la revisión de los documentos presupuestarios” respectiva que emita la Contraloría General de la República. 2. Lo anterior se ratifica en el punto 3. de las disposiciones de acatamiento obligatorio dirigidas al superior jerarca, contenidas en la “Guía para la aprobación interna del plan presupuesto por parte del Superior Jerarca”, en el que se señala que “esta Guía deberá ser empleada para la aprobación de presupuestos, presupuestos extraordinario ...
Fecha publicación: 24/06/2004
Fecha emisión: 21/06/2004
Documento: 07075-2004.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 4839 PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 2 Área de Servicios Municipales Sr. Ronald Traña Calvo 11 de mayo, 2004 11 de mayo, 2004 FOE-SM-1010 Señor Ronald Traña Calvo Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA San José Estimado señor: Asunto: Se da respuesta a la información aportada con oficio No. MSA-AM-090-2004, en relación con la disposición girada en el punto 4.2 inciso b) del Informe No. DFOE-SM-198/2003 de la Municipalidad de Santa Ana. En atención a su oficio S/N del 2 de marzo del 2004, el cual fue complementado con oficio No. MSA-AM-090-2004 del 23 de abril del año en curso, a efecto de corregir inconsistencias de la información remitida en el primer oficio, ya que la misma no se ajustaba a lo solicitado por esta Oficina, se le indica que se toma nota del detalle de la relación de puestos ajustada según lo solicitado por esta Contraloría General, en el punto 4.2 inciso b) del Informe No. DFOE-SM-198/2003 (presupuesto ordinario para el 2004). No obstante lo anterior, de acuerdo con lo señalado en el punto 2.1.1 inciso e) del Informe No. DFOE-SM-198/2003 antes citado, se aprueba el contenido presupuestario para el salario base de las plazas de Asesora Legal, Asistente Legal y Proveedora, en ¢301.500.00, ¢286.700.00 y ¢178.900.00, respectivamente y no los montos propuestos por esa Administración. Además, se le indica que la asignación presupuestaria correspondiente al monto anual a pagar al Alcalde Municipal (¢9.108.171.6), se debe reflejar en el detalle de la relación de puestos, en la columna que denominan “Total Salarios” y lo correspondiente a décimotercer mes y cargas sociales, en las respectivas subpartidas en el detalle general de gastos. Finalmente, las diferencias producto del contenido presupuestario incluido en el presupuesto ordinario, en la supbartida de sueldos fijos y l ...
Fecha publicación: 13/05/2004
Fecha emisión: 10/05/2004
Documento: 04839-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS